Alegaciones al Reglamento de desarrollo de la LUIB para Mallorca

El Colegio ha presentado 11 alegaciones que reclaman más participación de los colegios profesionales, la inclusión de las declaraciones responsables o una mayor precisión en las definiciones constructivas

El COAAT Mallorca ha presentado alegaciones al Reglamento general de desarrollo de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Illes Balears (R-LUIB) para la isla de Mallorca.

En concreto, son 11 las alegaciones presentadas por el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Mallorca, de las que 5 son de tipo genérico. Entre ellas se encuentran las que instan al fomento de la participación de los colegios profesionales -en los ámbitos territorial y urbanístico- con medidas concretas más allá de manifestaciones de intenciones. Sería, por ejemplo, el caso de la incorporación, ampliamente reclamada al CIM, del COAAT Mallorca como entidad representada, con pleno derecho, en la Ponència Tècnica d’Ordenación del Territori i Urbanisme del Consell de Mallorca. También que el R-LUIB reconozca la posibilidad de establecer convenios de colaboración entre las administraciones y los colegios profesionales para la gestión, formulación, tramitación e implementación de instrumentos de planeamiento detallado (posibilidad que, de hecho, según ha venido reclamando el COAATMCA y para finalidades relacionadas, ya se establece en recientes disposiciones autonómicas).

También este grupo de alegaciones contiene la reclamación de que el R-LUIB incluya el régimen de declaración responsable, actualmente establecido como medida temporal y extraordinaria en la legislación autonómica, mediante una disposición que lo reconozca (mientras se halle vigente) como título habilitante diferenciado de los regímenes generales de licencia urbanística y comunicación previa.

Existe otro grupo de alegaciones centradas en las disposiciones específicas en materia de definiciones y parámetros urbanísticos, que la aprobación inicial del R-LUIB incluye como anexos (encaminados a dar uniformidad a las distintas normas a nivel municipal):

Por una parte, se propone una definición más precisa de las partes que conforman los edificios (sótanos y semisótanos, en tanto que son los espacios de referencia a efectos del cómputo de número de plantas, lo cual afecta sin duda al régimen urbanístico de obras nuevas e intervenciones autorizables sobre los edificios existentes).

Por otra, se reclama una mayor precisión en las propias definiciones de intervenciones susceptibles de llevarse a cabo sobre edificios existentes (caso de las demoliciones, consolidaciones, reestructuraciones y reconstrucciones), en el sentido de prevenir confusiones o interpretaciones subjetivas -o injustificadamente limitativas- que en ocasiones generan controversias complejas.

El COAATMCA, como entidad representativa de la profesión más especializada en el ámbito edificatorio (y en todo aquello que comporta el “hecho constructivo”, así como de su casuística y particularidades), solicita en este aspecto que el R-LUIB facilite la armonización del régimen urbanístico aplicable a los edificios existentes con aquellas disposiciones sectoriales de carácter eminentemente técnico que persiguen garantizar y mejorar, entre otras, la calidad y seguridad del parque inmobiliario.

Este Reglamento general de desarrollo de la LUIB fue aprobado inicialmente por el Consell de Mallorca el pasado mes de noviembre y se encuentra actualmente pendiente de aprobación definitiva con la posible incorporación de alegaciones presentadas durante el trámite de información pública.

CONSULTAR TEXTO ÍNTEGRO DE LAS ALEGACIONES DEL COAAT MALLORCA

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